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Presentación del blog

Bienvenidos al blog

Este blog nació con el propósito de captar el interés de personas que tienen preocupación por la racionalización del gasto público. Desde el otoño de 2012, en el que nació, han transcurrido años de trabajo continuado plasmado en más de 150 entradas publicadas, y sigo manteniendo ese objetivo.

En cualquier momento, con mayor razón en tiempos de crisis y cuando abunda la desconfianza, la sociedad española exige una gestión de las compras públicas basada en los principios de economía, eficacia, eficiencia, igualdad de trato y transparencia.

A través de estas páginas intento dar a conocer la técnica de la «auditoría de contratos» como la herramienta clave que permite al poder adjudicador:
-realizar controles documentales sobre los costes reclamados por los licitadores y sobre la eficacia de sus procesos de producción;
-determinar el precio definitivo de los contratos, dentro del límite fijado para el precio máximo, con base en el coste incurrido admisible; y,
-comprobar la metodología de cálculo del beneficio con arreglo a la fórmula acordada.
La «auditoría de contratos» se desarrolla en los celebrados con precios provisionales y que hayan sido adjudicados –aunque no exclusivamente– en procedimientos negociados, diálogo competitivo y la asociación para la innovación.

A todos, mi saludo de bienvenida. Os invito a participar con vuestros comentarios en las entradas del blog que vaya publicando.

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Hay una nueva entrada publicada el día 18/05/2022, con el título:

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Desglose y desagregación por género y categoría profesional

Costes salariales en el «presupuesto base de licitación»

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La entrevista sobre PBL

Presupuesto base de licitación. Entrevistado por Sergio Jiménez, de «Gobierto»

He tenido el placer de ser entrevistado por Sergio Jiménez para su blog en «Gobierto», cuya entrada lleva por título: El Presupuesto Base de Licitación: cómo y por qué calcularlo bien. Con Juan Carlos Gómez Guzmán.

En la entrevista hemos hablado del «presupuesto base de licitación» y de otras cuestiones que afectan a la contratación pública.

Podéis ver el video y escuchar el podcast completos en el anterior enlace.

Si lo preferís, también podéis ver el siguiente video en el que se resume la entrevista.

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<–––––><–propuesta electrónica de costes (PEC)/aplicación–>

domingo, 20 de enero de 2013

Las Normas de auditoría de contrato de la DCAA



Las Auditorías de Contrato que realiza la Defense Contract Audit Agency (DCAA) se realizan conforme a las Normas de Auditoría del Gobierno Norteamericano (GAGAS).

El Departamento de Defensa Norteamericano, mediante la Directiva 7600.2, "Políticas de Auditoría", del 2 de febrero de 1991, incorpora las Normas de Auditoría Gubernamental del "Libro Amarillo", desarrollado y publicado por la Intervención General, y también incorpora directrices emitidas por el Consejo Presidencial sobre Integridad y Eficiencia y del Inspector General del Departamento de Defensa. Estas normas de auditoría gubernamental son las aplicables a DCAA (Defense Contract Audit Agency).

La última versión del Libro Amarillo se publicó en 1994, la cuál fue modificada en 1999, estando disponible en el website de GAO  (U.S. Government Accountability Office), http://www.gao.gov/govaud/ybk01.htm y que identifica dos grandes divisiones en la auditoría, la financiera y la operativa, y dos subcategorias de cada una de las categorías anteriores. El GAGAS (Government Auditing Standards), es decir las normas generales de auditoría, se aplican a ambas, tanto a las de tipo financiero y como a las auditorías de la actuación (operativas). Estas normas generales de auditoría son similares a las de AICPA  (American Institute of Certified Public Accountants) y comprenden, asimismo, la regulación de la formación continuada de los auditores y un programa de control de calidad de auditorías.  Ver en website: http://www.aicpa.org

Todas las auditorías comienzan estableciendo los objetivos, y esos objetivos determinan el tipo de la auditoría que va a ser efectuada y las normas de auditoría que van a ser seguidas. Los tipos de auditorías, definidas por sus objetivos, se clasifican como auditorías financieras o auditorías operativas (o de la actuación). Las auditorías financieras incluyen los estados financieros (auditorias de cuentas) y auditorías relacionadas con otros aspectos financieros. En este caso GAGAS clasifica a las auditorías de contrato Gubernamentales como "auditorías relacionadas con aspectos financieros", DCAA también se le puede solicitar, y puede realizar en ocasiones, auditoría de cueteas o de estados financieros. Además, DCAA realiza rutinariamente auditorías de economía y de eficacia que caen bajo la clasificación de auditorías operativas. Las normas de GAGAS, para cada una de los tipos de auditoría que realiza la DCAA, será seguidas como las normas apropiadas de actuación de sus auditores.   

Para las auditorías de estados financieros (auditorías de cuentas), el AICPA establece las normas de auditoría (“statements on auditing standards” SAS) que desarrollan sus propias normas para el trabajo de campo y el informe de las auditorías de estados financieros. Las normas de auditoría de estados financieros que realiza el Gobierno Norteamericano incorporan la SAS existentes que correspondan (y cualquier nueva norma de SAS, a menos que la Oficina de Contabilidad General - GAO la excluya expresamente por medio de un anuncio formal). Además, las normas de auditoría gubernamentales de 1994, modificadas en 1999, contienen las normas de auditoría aplicables a materias de especial interés en las auditorías de estados financieros.

Asimismo, también le son de aplicación a las auditorías de contratos las normas deontológicas del auditor, que ha emitido el AICPA, acerca del compromiso de rectitud profesional que adquire, “promesa” o “juramento” (“statements on standards for attestation engagements” SSAEs) y que debe presidir su actuación profesional en la realización del trabajo de campo y en la emisión de su informe. Para SSAEs, el compromiso profesional está en cada uno de los auditores al emitir un juicio u opinión en el informe cuando realiza un examen, una revisión, o una evaluación de los procedimientos sobre una materia determinada. Las normas de auditoría del Gobierno americano (pueden obtenerse en: http://www.gao.gov/yellowbook), para las auditorías de contrato, han incorporado íntegramente las SAS del AICPA números 62, 70, 74, y 75 y de SSAE 1, 2, 3, 4, y 9. Las nuevos SSAEs que se emitan estarán automáticamente incorporadas, a menos que la GAO las excluya expresamente por el anuncio formal. Las normas sobre el trabajo del campo específico y las normas del informe aplicables a las auditorías de contrato se encuentran recogidas respectivamente en GAGAS números 4.39-4.40 y 5.36-5.37.

Las normas gubernamentales americanas, relativas al informe de auditoría, en las auditorías de contratos, requieren que dichos informes: 
• Sigan las normas AICPA aplicables en los informes.
• Que la auditoría se haga de acuerdo normas de auditoría del gobierno generalmente aceptadas (ver GAGAS 5.11). 
• Que los resultados de la auditoría sean presentados por escrito (1) a los funcionarios apropiados de las organizaciones que han solicitado la auditoría (es decir, en el caso de una auditoría de contrato al Órgano de Contratación que la solicitó); (2) a otros funcionarios de órganos de supervisión (por ejemplo en el caso español, a los Interventores de la IGAE cuando éstos realicen auditorías operativas al órgano de contratación); y (3) al auditado, es decir al contratista. (ver GAGAS 5.32). 
• Asimismo, DCAA ha optado por seguir ciertas normas de opinión en los informes de auditoría de contratos, incluyendo: 
(i) Declaraciones que describen el alcance de las pruebas de cumplimiento con las leyes y otras regulaciones, así como valoraciones del riesgo que tienen relevancia en la auditoría, o que se refieren en informes separados conteniendo esa información (ver GAGAS 5.15). 
(ii) Declaraciones que informan sobre las deficiencias del control interno significativas e incumplimientos (ver GAGAS 5.26), y en ciertos casos fraude o actos ilegales que se ponen de manifiesto directamente al órgano de contratación (ver GAGAS 5.22). 

La actuación del auditor está sujeta a las normas del trabajo de campo establecidas en GAGAS, así como de realización del informe. Las normas relativas al informe comprenden: 
• Manifestación acerca de los objetivos de la auditoría y su alcance (ver GAGAS 7.10). 
• Manifestación acerca de los resultados significativos de la auditoría y de las conclusiones de los auditores (ver GAGAS 7.17). 
• Manifestación acerca de las recomendaciones para corregir áreas problemáticas y mejora de procedimientos (ver GAGAS 7.21). 
• Manifestación de las vistas de oficiales responsables al contratista (ver GAGAS 7.38). 
• Manifestación acerca de los logros notables de gestión del contratista (GAGAS 7.43). 

Sobre cómo debe realizarse el trabajo de campo y los requisitos del informe de las auditorías de contrato, estos aspectos se describen en la guía de actuación del CAM (Contract Audit Manual), complementado por el Sistema para la Actuación y la Planificación de la Auditoría (APPS - Audit Planning and Performance System) en programas de la auditoría normales y modelos del control interno. Se puede obtener en: www.dcaa.mil/cam.htm.



En la próxima entrada abordaremos las Normas de Auditoría de la American Institute of Certified Public Accountants (AICPA).

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