#169
El título de esta entrada es una pregunta recurrente que se formulan todas las personas encargadas de trabajar en la fase preparatoria del expediente de contratación, sobre todo desde promulgación de la vigente Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público que obliga a que su valor sea adecuado a los «precios de mercado» y éste sea consistente con el coste de producción de las prestaciones que se contratan, para lo que se requiere el desglose de los mismos, es decir en su estructura y descomposición de los costes.
El principal problema con el que se encuentran dichas personas es que, en su inmensa mayoría, no tienen una formación económica ni contable, normalmente la suya es de tipo jurídico, por lo que se les hace muy cuesta arriba abordar de forma segura, sin la ayuda de una metodología que les guíe, la estimación razonable del valor del PBL. A esto hay que añadir la alta volatilidad de los precios de los factores de producción en los mercados en los que se adquieren por los agentes económicos, cuya previsión se hace fundamental en una realidad de contratos cuya duración el superior al año.
Expresado el contexto, me he preguntado qué tipo de soluciones prácticas se proponen y que se pueden encontrar fácilmente en Internet.
He escrito en el buscador el siguiente texto «cómo se calcula el presupuesto base de licitación de un contrato» y, en la primera página, ya me han aparecido media docena de entradas que estimo que pueden ser muy representativas de las soluciones propuestas. Las entradas llevan por título: (1) «Guía paso a paso para elaborar el presupuesto base de licitación (PBL)», (2) «Esquema del presupuesto base de licitación y del valor estimado del contrato», (3) «Cómo Calcular el Presupuesto Base de Licitación: Guía Práctica Paso a Paso», (4) «Guía FÁCIL CSP: la determinación del PBL en la Ley 9/2017 de Contratos del sector público», (5) «Fijación del presupuesto base de licitación en los contratos en que el coste de los salarios de las personas empleadas para su ejecución forme parte del precio total» y (6) «Presupuesto base de licitación: qué es, cómo se calcula y diferencias con el valor estimado».
En primer lugar, debo decir que todos los autores y las páginas en las que se encuentran insertadas estas entradas me resultan conocidos y los tengo considerados como grandes expertos y divulgadores en materia de contratación pública, todos ellos son reputados juristas. Sin embargo, al proponer sus guías metodológicas para calcular con éxito el valor PBL, a las que, todo hay que decir, se han lanzado de forma entusiasta, se nota que carecen fatalmente de una formación de tipo económico y, sobre todo del contable, específicamente en materia de Contabilidad de Costes, Analítica o de Gestión. Por lo tanto, sus propuestas suenan a hueco con el mismo sonido que emite una olla o caldero vacíos golpeados con un palo.
¿En qué aspectos sustento mi crítica? Pues lo hago en cuestiones básicas de la Contabilidad Analítica que, sin ser exhaustivo, paso a citar (en anteriores entradas de este blog el lector puede conocer lo que es el coste del contrato, su estructura y como se calculan adecuadamente).
Tampoco se puede esperar nada de la Inteligencia Artificial (IA), perded toda esperanza porque, todavía, no lo arregla.
Invito al lector a que en los comentarios de esta entrada exprese si realmente le ha sido útil en su trabajo las propuestas de dichas guías o se ha quedado como estaba, es decir con el contador a cero.
En cambio, mi propuesta de metodología de cálculo del valor del PBL sí que es realmente la única que, hasta el momento, es útil y práctica. La que, además, acompaño con una herramienta de ayuda basada en el entorno de hoja de cálculo Microsoft Excel y que puede hallar en mi página web haciendo clic aquí
El título de esta entrada es una pregunta recurrente que se formulan todas las personas encargadas de trabajar en la fase preparatoria del expediente de contratación, sobre todo desde promulgación de la vigente Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público que obliga a que su valor sea adecuado a los «precios de mercado» y éste sea consistente con el coste de producción de las prestaciones que se contratan, para lo que se requiere el desglose de los mismos, es decir en su estructura y descomposición de los costes.
El principal problema con el que se encuentran dichas personas es que, en su inmensa mayoría, no tienen una formación económica ni contable, normalmente la suya es de tipo jurídico, por lo que se les hace muy cuesta arriba abordar de forma segura, sin la ayuda de una metodología que les guíe, la estimación razonable del valor del PBL. A esto hay que añadir la alta volatilidad de los precios de los factores de producción en los mercados en los que se adquieren por los agentes económicos, cuya previsión se hace fundamental en una realidad de contratos cuya duración el superior al año.
Expresado el contexto, me he preguntado qué tipo de soluciones prácticas se proponen y que se pueden encontrar fácilmente en Internet.
He escrito en el buscador el siguiente texto «cómo se calcula el presupuesto base de licitación de un contrato» y, en la primera página, ya me han aparecido media docena de entradas que estimo que pueden ser muy representativas de las soluciones propuestas. Las entradas llevan por título: (1) «Guía paso a paso para elaborar el presupuesto base de licitación (PBL)», (2) «Esquema del presupuesto base de licitación y del valor estimado del contrato», (3) «Cómo Calcular el Presupuesto Base de Licitación: Guía Práctica Paso a Paso», (4) «Guía FÁCIL CSP: la determinación del PBL en la Ley 9/2017 de Contratos del sector público», (5) «Fijación del presupuesto base de licitación en los contratos en que el coste de los salarios de las personas empleadas para su ejecución forme parte del precio total» y (6) «Presupuesto base de licitación: qué es, cómo se calcula y diferencias con el valor estimado».
En primer lugar, debo decir que todos los autores y las páginas en las que se encuentran insertadas estas entradas me resultan conocidos y los tengo considerados como grandes expertos y divulgadores en materia de contratación pública, todos ellos son reputados juristas. Sin embargo, al proponer sus guías metodológicas para calcular con éxito el valor PBL, a las que, todo hay que decir, se han lanzado de forma entusiasta, se nota que carecen fatalmente de una formación de tipo económico y, sobre todo del contable, específicamente en materia de Contabilidad de Costes, Analítica o de Gestión. Por lo tanto, sus propuestas suenan a hueco con el mismo sonido que emite una olla o caldero vacíos golpeados con un palo.
¿En qué aspectos sustento mi crítica? Pues lo hago en cuestiones básicas de la Contabilidad Analítica que, sin ser exhaustivo, paso a citar (en anteriores entradas de este blog el lector puede conocer lo que es el coste del contrato, su estructura y como se calculan adecuadamente).
- En primer lugar, no se establece la noción de coste ni se define qué es el coste de producción de la prestación que se contrata. En consecuencia, aquí ya se propina un golpe en la olla que suena hueco pues se expresa como que el «coste» es algo intuitivo que viene representado por la cantidad de dinero que se entrega a cambio de una.
- El segundo golpe es que en ninguno se realiza una apropiada y sistemática clasificación de los costes en función de los recursos que se utilizan y se atribuyen al objeto del contrato. Se vuelve a caer en el mismo error de hacer, sin ton ni son, un listado de «elementos de coste» agrupados de forma caótica, como se hace en el artículo 130 del RGLCAP.
- Tampoco se establece por pretendidas guías cómo se miden y cuáles son las unidades de medida de los costes, tercer golpe, por lo que se desconoce cómo van a ser las cantidades que deban atribuirse al objeto del contrato.
- Ni hablar de cómo se agrupan los factores consumidos que tendrán la consideración de costes indirectos ni cuáles son los criterios de su agrupación homogénea. Ni mucho menos cuáles las bases y los criterios de reparto de los mismos al objetivo de costes, es decir a la prestación del contrato. Este es el cuarto golpe.
- Finalmente, par no aburrir al lector, tampoco se establecen criterios razonables acerca de cómo establecer el porcentaje de beneficio industrial. ¿Acaso el 6% u otro arbitrario? No hay quinto malo, como dicen los taurinos, esto es peor.
Tampoco se puede esperar nada de la Inteligencia Artificial (IA), perded toda esperanza porque, todavía, no lo arregla.
Invito al lector a que en los comentarios de esta entrada exprese si realmente le ha sido útil en su trabajo las propuestas de dichas guías o se ha quedado como estaba, es decir con el contador a cero.
En cambio, mi propuesta de metodología de cálculo del valor del PBL sí que es realmente la única que, hasta el momento, es útil y práctica. La que, además, acompaño con una herramienta de ayuda basada en el entorno de hoja de cálculo Microsoft Excel y que puede hallar en mi página web haciendo clic aquí

